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A buen entendedor sobran las palabras. Es delito tener funcionarios "eterninos".

 

AVISO A NAVEGANTES

Hoy ha saltado a los medios la noticia

 

La jueza de instrucción de Barcelona Silvia López Mejías ha admitido a trámite la querella presentada por la Associació Plataforma de Interins/es de Catalunya (PIC) y ha citado a declarar como investigadas para el próximo 21 de junio a Pilar Sorribas Arenas, directora general de Funció Pública, y a Annabel Marcos Vilar, secretaria de esta área dependiente de la Consellería de Polítiques Digitals y Administració Pública de la Generalitat. En el auto la magistrada sostiene que los hechos pueden “revestir caracteres de delito” y procede a incoar un proceso judicial.

La querella relata que las dos altos cargos querelladas han convocado unas oposiciones (el próximo sábado se celebrará una de ellas) “aparentando con ello pretender solucionar el evidente problema existente sobre el alto porcentaje de trabajadores interinos” en la Generalitat. Sin embargo, detalla, estos concursos son contrarios "al ordenamiento nacional y europeo” por cuanto, si bien resuelven la “irregularidad” del puesto de trabajo, “no dan solución al interino que lo ocupa desde hace años, incluso décadas”.

Ver noticia en 

EL PERIODICO (registro gratuito) Una jueza investiga si es delito tener funcionarios interinos de por vida  

ABC Investigan a altos cargos de la Generalitat por prevaricar con el proceso de selección de plazas públicas


Por su parte en Asturias, SINTTA solicito en diciembre de 2019 mediante escritos registrados a todas las Consejerías del Principado de Asturias la SUSPENSIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS que contuvieran plazas, mal llamadas DE ESTABILIZACIÓN, por incumplimiento del EBEP y del derecho de la Unión Europea en materia de contratación del personal temporal en la administración pública. En ellos se les recordaba que en estos procesos se convocan las plazas que YA ESTÁN OCUPADAS desde hace años por empleados públicos temporales contratados en fraude de ley.

En el escrito, además, se informa a las autoridades administrativas de los perjuicios económicos y sociales que conllevan el desarrollo de estas OPES, así como, de las consecuencias de adoptar, a sabiendas, decisiones ilegales e injustas. También se les comunicó que estas decisiones podrían llegar a ser sancionables tal y como recomienda la abogada General del TJUE en sus conclusiones (28, 77), sin perjuicio de las posibles demandas colectivas e individuales que se pudieran iniciar exigiendo responsabilidades personales y patrimoniales contra los cargos causantes de dichos perjuicios. 

Ver entrada relacionada: 

https://sinttablog.blogspot.com/2019/12/sintta-solicita-la-suspension-las-opes.html

Pandemia de por medio, la sentencia del TJUE de 19 de marzo de 2020 https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?docid=224584&doclang=ES, unido al Auto del Tribunal de Justicia (Sala Octava) de 30 de septiembre de 2020 JS contra Cámara Municipal de Gondomar Asunto C-135/20 (Portugal) y la sentencia del TJUE (Sala Séptima) de 11 de febrero de 2021 asunto C760/18 (Grecia), han venido a refrendar nuestros planteamientos, completando y concretando las circunstancias y los mandatos de Europa con respecto al cumplimiento de sus normativas

Desde hace pocas semanas, la aprobación en el Parlamento asturiano de una PNL (Proposición no de Ley) presentada por Podemos, en referencia a la paralización de las OPES que incluyan plazas ocupadas por temporales en abuso y la inspección de las mismas para una regularización administrativa de sus empleados, muestran un cambio de voluntad política en pos de buscar una solución a este grave problema.

El soberbio y conocido informe sobre constitucionalidad de la fijeza de la prestigiosa magistrada y expresidenta del Constitucional, ha resultado también un muy buen apoyo y fuerte impulso para las aspiraciones de este maltratado y olvidado colectivo.

El juzgado nº4 de Alicante, tras su primera sentencia de fijeza a un trabajador hace unos meses, acaba de dictar otras 16 en la misma línea, y ya son más los juzgados que continúan por ese camino abierto, como el de Bilbao, Valladolid, etc.

Para poner la guinda al pastel, el Parlamento de La Rioja, gracias a un informe magistral en cuanto a la interpretación del derecho europeo, ha estabilizado a 5 trabajadores que venían siendo víctimas de abuso.

La balanza de la justicia se está empezando a inclinar cada vez más del lado de los trabajadores temporales. Pero la falta de voluntad de los gobiernos y sindicatos de clase denotan y hacen sospechar que la ley, su cumplimiento y la justicia para con el colectivo de temporales no es una prioridad para los mismos, a pesar de que la solución legal la tienen al alcance de sus manos. 

Sospechamos que esconden intereses políticos y económicos que actúan como contrapeso de manera muy sustancial y que, pese a su falta de razón jurídica, les hacen aferrarse a esta sinrazón como a un clavo ardiendo. 

Esperemos que el tiempo y la justicia pongan las cosas en su sitio… mientras tanto, aviso a navegantes, y como los compañeros de la PIC, NO NOS QUEDAREMOS CON LOS BRAZOS CRUZADOS.

 

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Aprobada PNL en Asturias sobre abuso de la temporalidad laboral Administración Pública Asturiana

 

Transcribimos íntegramente el comunicado publicado en el blog de la sección sindical SINTTAEDUCASTUR

Aprobada PNL en Asturias

Ayer día 24 de marzo de 2021 se aprobó en la Junta del Principado una Proposición No de Ley referente al abuso de la temporalidad laboral Administración Pública Asturiana. 

Resultado: 23 síes y 22 abstenciones  de las cuales 20 corresponden al PSOE y 2 a VOX

Debemos agradecer desde estas líneas el trabajo realizado por las personas del colectivo de temporales del Principado de Asturias que desde la sombra y sin hacer ruido, han puesto toda su dedicación  tiempo y esfuerzo a las interminables reuniones con los políticos/as para expresarles nuestras justas reivindicaciones.

Por otro lado agradecer a sus señorías la comprensión y su votación favorable a la PNL, presentada por PODEMOS,  reconociendo la justicia de nuestras históricas reivindicaciones. Siendo la primera cámara autonómica que insta a su gobierno a regularizar a los temporales . Ver noticia de prensa.

Desde SINTTA nos congratulamos que el esfuerzo de todos/as vaya dando frutos, pero somos conscientes que este solo es un paso más, (importante, pero solo uno más), en la lucha por la defensa de la estabilidad de los trabajadores temporales de la administración asturiana.

En este camino en diciembre de 2019,  SINTTA ya solicito a todas las Consejerías del Principado de Asturias la SUSPENSIÓN DE LOS PROCESOS SELECTIVOS que contengan plazas, mal llamadas DE ESTABILIZACIÓN, Ver enlace , sin respuesta de la administración.

También se solicitó de  la administración asturiana  un estudio y análisis de las plazas en abuso, que obtuvo respuesta sesgada y difusa. Nuestros afiliados y simpatizantes también son conocedores de que abogamos por soluciones a coste 0 que pasan por una regularización administrativa.

En definitiva, teníamos claro desde nuestra constitución como OOSS, que el camino iba a ser duro y largo y que se necesitaría de la aportación y del trabajo de todos/as. Remando en la misma dirección , dejando los egoísmos y personalismos al margen. 

La lucha no ha acabado, 

este solo es un punto y seguido

Así desde SINTTA os rogamos que mantengamos la estrategia, nos sigamos movilizando y transmitiendo el mensaje a nuestros compañeros/as. Haciendo más visible ante la opinión publica el infierno que supone el abuso de la contratación temporal de las administraciones

El texto definitivo aprobado 

tras las enmiendas aceptadas

"La Junta General del Principado de Asturias insta al Consejo de Gobierno a dirigirse al gobierno central para que impulse de manera urgente una modificación legal que pueda permitir:

1. La paralización de los procesos de estabilización y consolidación de empleo público que incluyan plazas ocupadas por personal temporal en abuso de temporalidad, lo cual halla su aval y soporte normativo en el artículo 11 del Real Decreto Ley 23/2020, de 23 de julio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica, artículo que viene a evitar la caducidad de las Ofertas Públicas de Empleo de los años 2017 y 2018.

2. La aprobación de la regularización administrativa de los empleados públicos en abuso de temporalidad manteniéndolos en sus puestos de trabajo, habida cuenta de que previo a su nombramiento como personal temporal ya superaron procesos selectivos para el ingreso en la función pública de acuerdo con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad".

3.- La identificación, en un plazo no superior a 3 meses, de las plazas ocupadas por empleados públicos en temporalidad ininterrumpida al menos 3 años, realizando la correspondiente comprobación para determinar motivadamente que la relación laboral del trabajador que la ocupa responde a las concretas y específicas necesidades provisionales que la motivaron."

Podéis ver las argumentaciones y contraargumentaciones presentadas y juzgar vosotros/as mismos  en el siguiente video

VER VIDEO COMPLETO

Aprobación de la PNL (Podemos) abuso de la temporalidad laboral
 Administración Pública Asturiana


Nuestros compañeros de APISCAM , han realizado un excelente seguimiento y resumen en el siguiente enlace:

http://apiscam.blogspot.com/2021/03/debate-hoy-en-el-parlamento-asturiano.html


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Primero soluciones y luego oposiciones (contiene video)

 

Antes de leer, os recomendamos ver este video realizado por un compañero en el que analiza y comenta detalladamente las falacias de la intervención del señor Iceta en el parlamento español sobre las novedosas actuaciones de su ministerio para resolver el problema de la temporalidad en las administraciones públicas.

Esos mantras que llevamos décadas oyendo, para no cumplir con la ley. Es gratis saltarse la ley, no hay sanción.



Primero soluciones y luego oposiciones, ese es el eslogan que desde hace años venimos gritando cientos de miles de trabajadores temporales de la administración, durante años olvidados por esta. Trabajadores eficientes, baratos y fácilmente manejables por el político de  turno.

No descubrimos la pólvora, si afirmamos que desde tiempos inmemoriales las ofertas de empleo público son usadas por los políticos de todos los colores como una más de sus herramientas de su arsenal electoral. Clientelismo político, que se dice Y ese es el fondo del problema. El político de turno, no crea puestos de trabajo en la administración,  sino que cada x años reparte el trabajo existente, eso si publicitándolo a bombo y platillo, que eso da votos. 

Como se ha observado claramente en esta pandemia, el político de turno, no busca el bien de toda la ciudadanía gestionando la prestación de unos servicios de calidad que el ciudadano abona mediante impuestos sino, más bien, su propio beneficio.

Tras el sonoro tirón de orejas de Europa al reino de España por el fraude en la contratación temporal de la administración, la amenaza de quedarse sin los fondos europeos y un nuevo ministro de Función Pública, nada ha cambiado y todo sigue igual.

El Sr Iceta nos vende, como novedad, la hoja de ruta de este gobierno, pero que en realidad es la ya fijada por los sindicatos firmantes de los incumplidos Acuérdazos con el Sr Montoro y que se resume en OPES. OPES y más OPES, con la estabilización de plazas , no de personas , en contra de la jurisprudencia europea.  

Señor Iceta eso no es lo que le pide Europa, esto es lo que les interesa a esos sindicatos a los que usted escucha, que no representan más que a sus propios intereses y que desde hace tiempo dejaron ser parte de la solución para convertirse en el problema.

Hoy se ha puesto al frente de una administración que durante décadas está incumpliendo el EBEP. Una administración que no cumple con la ley que ella misma se ha dado y que ha dejado cientos de miles de damnificados.

Una administración que reconoce el abuso, (como usted mismo y su predecesora han admitido en sede parlamentaria), pero que se dedica a pasar la patata caliente  de una administración a otra, sin solucionar nada.

Así, si se pregunta a la administración central, replican que AGE cumple el objetivo del 8% (pregunten uds en la admon de Hacienda y en el SEPE) y que el problema está en la gestión de las CCAA que son las competentes, sobre todo en Sanidad y Educación.

Si son preguntados los gestores autonómicos y locales, nos remiten a que este es un problema nacional y únicamente la administración estatal es la que tiene que resolver. Pero mientras la vicepresidenta segunda, doña Nadia Calviño, no comprende "en que narices" se han gastado las CCAA los fondos que su ministerio aporta para solucionar el problema.

Eso si, incumpliendo todas las administraciones el EBEP y el tratado de la unión, en el sentido de no dar respuesta a la invocación directa que hacen los abusados a la directiva 70/99/CE, no traspuesta por el reino de España para el sector público. 

Así Sr Iceta, le exigimos que deje de tomarnos el pelo y actuar. Basta ya de el bla, bla,  bla que llevamos años oyendo y de alargar , alargar y alargar  el irremediable final (véase caso Italiano, griego y portugués), mientras despide a miles de servidores públicos que han prestado inestimables servicios durante años 


POR ESO LE EXIGIMOS HECHOS, NO LAS MISMAS PALABRAS

La ley esta para cumplirla y aquel que la incumple paga las consecuencias .

Y como nuevo director de las políticas de las administraciones públicas
 le haremos directamente responsable de su incumplimiento


Deje de esgrimir falsos mantras sobre la constitucionalidad de tal o cual medida (sentencia Gondomar -TJUE) o de intentar confundir a la opinión pública, mezclando un problema de acceso con un problema laboral por incumplimiento de la ley de la parte contratante

#FijezaYaEsConstitucional 


Ante su inacción, está obligando a los/as abusados a actuar de manera contundente y este es un envite que difícilmente soportará el gobierno del que forma parte. 

La ley esta para cumplirla y aquel que la incumple paga las consecuencias.


Nos parece adecuado que piense en el futuro  y con tan buenas intenciones, pero si quiere que esta situación de abuso no se repita cíclicamente debe institucionalizar la Inspección y control, como se hace en la empresa privada pues a día de hoy, ni las propias administraciones saben decir a ciencia cierta el número de temporales en fraude que tienen contratados. 

También debe establecer una Sanción lo suficientemente disuasoria, como le dice el TJUE, para la administración y los gestores de la administración que incumplan  reiteradamente las normas, así como una compensación al personal temporal abusado.

 En la empresa privada está meridianamente claro. ¿Tan difícil será?

Pero usted Sr Iceta se olvida en su discurso del presente y del pasado Usando la táctica del avestruz, se olvida de mencionar siquiera a los abusados, a los  sufridores de este abuso institucionalizado en todas las administraciones. Esos trabajadores/as con familias y que con su trabajo diario han sacado a flote, durante décadas, la gestión rutinaria de las diferentes administraciones Públicas.

¿Qué solución tiene para ellos?. 

¿Qué tienen que demostrar ya?.

Y lo más inquietante ¿A quién?.

Recordarle señor Iceta que aquellos de entre este amplio colectivo que provienen del sector educativo conocen el nulo valor que tienen sus palabras. Es una mera declaración de buenas intenciones.

A modo de ejemplo, recordarle que la LOE, toda una ley orgánica, en sus disposiciones transitorias ya obligaba a reducir el 8% la tasa de interinidad en el sector educativo. Hoy en día, dos leyes educativas después, ese índice se multiplica por 4 o por 5.


¿Dónde está el debido cumplimiento de la ley? 

¿Por qué ahora debemos tener fe en sus buenas intenciones? 

¿Dónde queda la obligación de las administraciones públicas de gestión servicios públicos de calidad, dotándola del personal necesario para ello?



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LA LUCHA CONTINÚA: CARVANAS 14M.


MOMENTO HISTÓRICO QUE NO DEBERÍAMOS DESAPROVECHAR.


No es casualidad que la problemática del abuso de la temporalidad en el sector público se haya extendido, poco a poco,  por todo el territorio nacional en los más diversos medios de comunicación. Somos conscientes y sufridores de los intereses del cuarto poder. 

Hemos sufrido intentos de ninguneo y tergiversaciones por parte de algunos medios, con el único objetivo de confundir a la opinión pública. Intencionadamente se ha intentado mezclar la cuestión sobre al acceso a la función pública con un problema laboral de trabajadores que llevan trabajando satisfactoriamente para la administración durante 3,5, 10, 15,..... 30 años, y que accedieron respetando los principios de igualdad, merito y capacidad, obviando la verdadera razón del problema, el reiterado incumplimiento de la ley y de las directivas europeas sobre temporalidad.

Cuando uno lee este titular, y en el medio que está publicado, nos hace pensar que el trabajo realizado durante años está dando sus frutos. Parece increíble que todo el asunto haya salido a la luz en los grandes medios nacionales. Aunque hace unos años esta difusión mediática parecía imposible, hoy en día esto ha dado un gran giro de 360º. 

"La Unión Europea presiona a España para bajar la temporalidad en la Administración". El Pais 4-3-2021 Enlace a la noticia

Europa ha hablado, de manera contundente y no es la primera vez …
Ni la última, nos tememos.

El desaguisado tiene tal calibre, que no hay alfombra suficientemente grande para esconder tanta basura debajo. De hecho, toda esta problemática ha promovido que, tanto el Señor Iceta, recién nombrado Ministro de Política Territorial y Función Pública, como su predecesora Carolina Darias, hayan llegado a pronunciarse en público reconociendo el gran abuso que se ha cometido y se sigue cometiendo con los trabajadores temporales de la Administración.

Parece ser que están intentando cuadrar el círculo buscando soluciones que mantengan el status quo, cuando las soluciones se las brindan en bandeja de plata desde las instituciones administrativas y judiciales europeas y a coste 0 para el ciudadano de a pie.

Por todo ello, debemos estar muy contentos de que el ingente trabajo que hemos llevado a cabo durante años, ("unos pocos locos/as"  desde SINTTA y otras plataformas u organizaciones) esté fructificando.  Hay que agradecer a todas las personas que os habéis implicado en esta lucha vuestro tiempo y esfuerzo, en muchas ocasiones, a costa de dinero gastado del propio bolsillo y a costa de tiempo restado a lo más importante, el perdido con nuestras familias.

Sabíamos que el camino iba a ser largo y, conocedores del él, por desgracia podemos asegurar que esto aún no ha finalizado. Estamos en un momento clave y debemos de dar un nuevo impulso. Cuantos más seamos mayor será nuestra potencia de empuje. 

Sigamos dando un gran envión para lograr esa contundencia tan necesaria en este momento. Intentemos sumar al carro a más personas, tanto al abusado como al que lo será, porque nuestra lucha no sólo consiste en mejorar la situación actual de los temporales en la administración, sino de sentar las bases para que esto nunca más vuelva a ocurrir.

En definitiva sumemos a todo aquel que  sienta justa y legal esta causa. 

Solo pedimos, lo que ha ratificado Europa, la inspección y la sanción a la administración que incumpla las leyes sobre contratación temporal , sin olvidarnos de la regularización administrativa de aquellas personas que han sido objeto del abuso de contratación temporal.

Por eso, desde estas líneas, os animamos a seguir peleando de manera colectiva sin olvidar nunca vuestras reclamaciones individuales.  Asimismo, insistimos en la necesidad de intentar aplazar aquellas Ofertas de Empleo Público  que oferten plazas estructurales en fraude de contratación que, como ya sentenció el TJUE, no son sanción para la administración, sino para el empleado. Sabemos que hay un plan no escrito entre administración y algunos sindicatos para guardar la basura debajo de la alfombra y les importa poco que estemos en tiempos de pandemia.

Una buena forma de continuar la lucha iniciada hace años, que no la única,  es acudir este domingo día 14 de marzo a formar parte de las caravanas de coches que circularán en señal de protesta por diferentes ciudades españolas. Éstas están convocadas por el Movimiento Independiente MI#15F y organizadas en cada ciudad por diferentes plataformas, asociaciones y sindicatos.

En todas las caravanas se mantendrá un escrupuloso protocolo Covid-19.

Las distintas secciones sindicales de SINTTA del estado se han involucrado en el apoyo de las convocatorias y en su organización.

Te rogamos que si estás interesado des la máxima difusión a la misma. Además, si te animas a ser una gota de agua de la gran marea ponte en contacto con la organización de tu ciudad, allí te indicarán recorridos, medidas Covid y demás pormenores.

ANÍMATE Y PARTICIPA


Ahora que nuestras exigencias ya no son de unos pocos locos/as .

Ahora que la problemática de la temporalidad en las AAPP 
es una cuestión de estado.

Ahora que Europa da un tirón de orejas al Estado Español por las contrataciones del personal temporal en las administraciones públicas, condicionando el abono de los primeros tramos del fondo COVID a la regularización del abuso de la temporalidad

Ahora que los medios de comunicación, los partidos políticos , las organizaciones sindicales "de clase"  y hasta el propio ministro hablan de consolidar personas, en vez de estabilizar plazas


AHORA ES EL MOMENTO DE UNA DEMOSTRACIÓN DE FUERZA EN LA LUCHA POR LA ESTABILIDAD DEL PERSONAL TEMPORAL CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY Y EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA 1999/70/CE.

Juntos lograremos la

 #FijezaYa .

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NO somos plazas . SOMOS PERSONAS. Contiene videos

 Antes de las oportunas reflexiones, lo primero es el visionado de estos videos



Como puede verse en estos vídeos, así abusa la administración pública de los empleados temporales. 

Trabajadores no sólo de Educación o Sanidad si no de toda índole. La mayoría de dichos trabajadores sin posibilidad de haber consolidado su estabilidad por no haber convocado, como marca la ley, las plazas que dicha administración está obligada legalmente a ofertar si son de necesidad permanente, es decir que son estructurales y no para cubrir necesidades puntuales del servicio. La ley, el EBEP, determina que son estructurales si más allá de un año son necesarias. (1)

Un abuso  masivo e ilegal a gran escala en todo el país. Hay más de 800.00 en esta situación.

Ahora, en vez de poner a funcionar el servicio de inspección para valorar qué trabajadores están en abuso de temporalidad, la administración pública saca a OPE todas esas plazas, junto con las que no están en abuso, cuando deberían sacar sólo estas últimas hasta que se resuelvan las primeras. Esto está provocando y provocará que la mayoría de abusados se queden en la calle, como ya está ocurriendo. 

Por eso están proliferando las oposiciones en todo el país a todos los niveles. Pero es que ese es otro fraude porque no se pueden sacar las plazas estructurales que están cubiertas por personal en abuso de temporalidad sin haber solucionado ese abuso y haber resarcido a las personas abusadas. 

La administración los llama procesos de estabilización, pero lo que estabilizan son plazas y no personas. 

Personas a las que se les debería resarcir según el tribunal de justicia de la Unión Europea y, que no sólo se les expulsa del sistema con una mano delante y otra detrás, sino que, ni tan siquiera se les indemniza de forma disuasoria para que la administración no repita esa conducta, o se les da una fijeza, como así exige el tribunal europeo. 

Personas con un alto grado de vulnerabilidad, esto es, muchas son mayores, de media de edad de 50-55 años, en su mayoría mujeres, que se verán en la calle sin indemnización alguna y prácticamente sin posibilidad de reingreso en el mercado laboral.

En estos momentos, hay un movimiento grande de personas y en aumento, denunciando en tribunales y en conversaciones con políticos locales y estatales (ya se ha llevado al congreso de los diputados, incluso con proposiciones no de ley en marcha), para dar solución a esta problemática que, por desgracia, traspasa nuestras fronteras y afecta a muchos países europeos.

Esperemos que los jueces y los políticos estén a la altura del problema que la administración pública durante más de 30 años lleva provocando.


(1) EBEP (Estatuto Básico del Empleado Público) :

Artículo 10. Funcionarios interinos

1. Son funcionarios interinos los que, por razones expresamente justificadas de necesidad y urgencia, son nombrados como tales para el desempeño de funciones propias de funcionarios de carrera [...].

4. [...], las plazas vacantes desempeñadas por funcionarios interinos deberán incluirse en la oferta de empleo correspondiente al ejercicio en que se produce su nombramiento y, si no fuera posible, en la siguiente, salvo que se decida su amortización.

Artículo 70. Oferta de empleo público.

1. [...] En todo caso, la ejecución de la oferta de empleo público o instrumento similar deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

EBEP:  https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11719

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@UnionTTPs en "A vivir" cadena SER 19/12/2020

 


Esta mañana, en el programa "A vivir" (@avivir) de la cadena Ser, dirigido por Javier del Pino (@javdelpino) y Lourdes Lancho (@loulancho), intervención magistral de la jurista Ana Díaz portavoz de la agrupación Unión TTPs @UnionTTPs (ttps.es) a la que pertenece SINTTA. Explicando a todo el país de manera muy clara la situación en la que nos encontramos los trabajadores temporales de la administración.  ( OIR ENTREVISTA a partir min 11:30 )

Ha evidenciado que la actitud abusadora del gobierno, que ni siquiera inspecciona este tipo de fraude laboral, debe tener como consecuencia, para ajustarse a derecho europeo, y como sanción disuasoria a los infractores, la fijeza en el empleo a falta de una indemnización en nuestro ordenamiento jurídico para esta situación.

Cabe destacar, en primer lugar, la intervención de Víctor Ramos médico urólogo temporal canario y coordinador de trasplantes, que describe la situación de abuso de contratación temporal que ha propiciado que el colectivo de médicos especialistas temporales están realizando huelga, para dar visibilidad y apoyo a sus justas reivindicaciones

DESDE SINTTA DAMOS NUESTRO APOYO 

A LA HUELGA DE LOS MÉDICOS ESPECIALISTAS TEMPORALES CANARIOS

TOD@S LOS TRABAJADORES AFECTAD@S DEBERÍAN SECUNDAR ESTA HUELGA!


Por último intervino Miguel Quintero Psicólogo Forense temporal con más de 20 años de experiencia y un amplio currículo que defendió la injusticia de los procesos selectivos para el personal que lleva años y años demostrando su profesionalidad.


Un proceso selectivo es un procedimiento de organización de la administración.

Como dictaminó el TJUE no es una sanción a la administración que incumple sus propias normas de contratación.


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[Mi15F] Resumen Concentración el 12 de diciembre a las 12:00

El sabado 12 de diciembre se llevó a cabo las concentraciones organizadas por la Plataforma estatal Temporales Públicos en Fraude de Ley MI #15F a las 12 horas en diversos puntos de la geografía nacional, para denunciar la situación de los trabajadores temporales públicos en abuso.


Un resumen de prensa de las concentraciones realizadas  #StopAbusoTemporalPublico #FijezaYa

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales del #PrincipadodeAsturias

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales de #Navarra Ver Noticia

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales de #Canarias Ver Noticia

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales de #Aragón Ver Noticia

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales de #CastillaYLeon

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales #Alicante Ver Noticia

Protesta para regularizar la situación de los empleados temporales #Madrid Ver Noticia

Se esta organizando una nueva




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Informe KoKott 17-10-2019




Información sobre las conclusiones del informe emitido por la ABOGADA GENERAL Sra. JULIANE KOKOTT presentadas el 17 de octubre de 2019 en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid, que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal

Primero, recordar que este informe NO es la sentencia del TJUE. En unos meses se dispondrá de la sentencia firme de dicho tribunal sobre estas cuestiones prejudiciales. Se trata de un informe preceptivo de la Abogada General cuyas conclusiones no son vinculantes. Es recomendable su lectura sin intermediarios. Informe Kokott que puedes ver aquí


Este informe es el que el pleno del TJUE deberá estudiar junto con la Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada, para dictar sentencia firme.  Informe del Parlamento Europeo que puedes consultar aquí 

En una primera lectura rápida, queda patente que la UE reconoce la situación de abuso en la contratación temporal de empleados públicos en el reino de España. Asimismo, indica y propone la necesidad de medidas reparadoras y de corrección para que no se repita esta situación de abuso que van más allá de las previsiones legales actuales aplicadas en el reino de España. 

Por citar algunas de estas medidas: la fijeza, entendida como reducción de la temporalidad mediante procesos ordenados que reconozcan el abuso causado, y/o la aplicación de indemnizaciones a los afectados que sean suficientemente disuasorias. 

Pero parece obviar una concreción en las sanciones a los propios responsables de la administración (como en Italia) o implementar la misma fijeza como ocurre en la empresa privada. Ambas soluciones disuadirían repetir esta conducta y perpetuar el abuso a costa del erario público. 

A estas alturas a nadie se le escapa cuales son las partes de este conflicto laboral judicializado. Por un lado están las administraciones públicas que, junto con aquellas organizaciones sindicales que las apoyan, son ejecutoras y consentidoras de la NO APLICACIÓN de la Directiva 1999/70/CE - Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada. Por otro lado, y cada vez más organizado, está el personal temporal en su derecho a exigir la aplicación de dicha Directiva presentando batalla legal por diferentes gabinetes jurídicos. 

En el caso que nos ocupa, los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal, lo que se debate es si hay abuso de temporalidad según la respectiva norma europea (la cláusula 5ª de la ya mencionada Directiva 1999/70) en el caso de funcionarios interinos de muchos años y en cuál debe ser la sanción que exige dicha Directiva.

Ha sido suficientemente elocuente ver la rápida respuesta y la tergiversación de las conclusiones del informe que hace la administración a través de los medios de comunicación y los comunicados de las OOSS (Organizaciones Sindicales) afines. Recomendable la lectura de la recopilación que han hecho nuestros compañeros/as de APISCAM de enlaces de prensa y valoraciones de diversos sindicatos sobre las conclusiones de la abogada general sobre el asunto que puedes ver aquí.

Por otro lado, contrastan las declaraciones del propio abogado Javier Arauz,  que ha llevado este asunto ante el TJUE en defensa de los intereses de sus defendidos. Como una imagen vale más que mil palabras, podéis ver aquí el vídeo de la rueda de prensa, organizada por nuestros compañeros/as de AMYTS,  sobre el informe de la Abogada General de la UE en la que el propio Arauz estuvo presente.


Podéis ver la segunda parte del vídeo, con el debate posterior aquí

Dejamos las interpretaciones a la inteligencia del lector/a. 

Si necesitáis ampliar información recomendamos las siguientes lecturas 

Análisis exhaustivo realizado por los compañeros/as del Blog de APISCAN  que podéis leer íntegramente aquí.

Análisis de las conclusiones de la abogada General de la UE sobre los trabajadores públicos en abuso de temporalidad de Fruitós Richarte i Travesset. Profesor asociado de la Universitat Rovira i Virgili. que podéis leer aquí



Desde SINTTA, ante la campaña de intoxicación y negatividad que lamentablemente estamos sufriendo, queremos transmitir un mensaje de optimismo y tranquilidad basándonos en:

·    El respeto de los tiempos judiciales.
·    Una lectura comprensiva del documento de las propias conclusiones.
·   Los antecedentes existentes en las sentencias del propio del TJUE en otros países miembros de la UE, que en su momento tuvieron situaciones similares como Grecia e Italia.

Tras el informe, se ha dado un salto cualitativo en las posiciones, clarificándose de manera sustancial las incertidumbres que se cernían sobre el colectivo temporal y en las que se encontraban muy cómodas la Administración y las OOSS afines.

Ahora empiezan a incomodarse ante la más que probable exigencia de responsabilidades patrimoniales e incluso penales a los responsables de tales acciones, hasta el punto de que el día 24 de octubre de 2019, Función Pública, convoca a CCOO, UGT y CSIF a una reunión, donde parece más que obvio que el tema estará encima de la mesa.(ver noticia aquí

 El informe ha dejado claro el campo de batalla y las intenciones de las partes. Tras su publicación, un buen resumen de la situación lo han hecho los compañeros/as del sindicato Acción Sindical Independiente Justicia (ASIJ).


Cabe destacar que el informe se centra en el derecho laboral de los trabajadores temporales de la administración y no lo confunde ni por un solo momento con el derecho al acceso de la función pública. Es significativo que ni se menciona el mantra constitucional de igualdad, mérito y capacidad, tantas veces esgrimido por la administración y OOSS afines.

Asume, como no podía ser de otra forma, que los trabajadores contratados en fraude han superado ya procesos selectivos  basados en la legislación interna y, lo que se discute es acerca de los derechos de estos trabajadores de acuerdo a la Directiva europea.

Sintta se congratula de que la Sra. Kokott afiance la posición que esta organización sindical mantiene judicialmente con la demanda contra las mal llamadas OPES de Estabilización, al afirmar contundentemente en sus conclusiones, y cito textualmente:

a)       70. Por estos motivos, propongo al Tribunal de Justicia que responda a las cuestiones prejudiciales segunda y tercera en el asunto C-429/18 del siguiente modo: «La cláusula 5 del Acuerdo Marco debe interpretarse en el sentido de que, para sancionar adecuadamente la utilización abusiva de sucesivos nombramientos de carácter temporal y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión, no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo por la persona que haya sufrido el uso abusivo de tales nombramientos sucesivos, sea imprevisible e incierto y la normativa nacional pertinente no establezca ninguna otra medida sancionadora».
  
b)      90. Sin perjuicio de la valoración definitiva que deben realizar los juzgados remitentes, para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión, no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente no establezca ninguna otra medida sancionadora...

En esa línea, esta organización ha presentado, con el esfuerzo de su afiliación y simpatizantes,  recurso contencioso-administrativo al Decreto 217/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018, para la estabilización de empleo temporal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón (AMPLIAR INFORMACIÓN AQUÍ) .

Nos parece acertado el razonamiento de Fruitós Richarte i Travesset. "CONVOCAR PROCESOS SELECTIVOS, NO ELIMINA LA INFRACCIÓN DEL DERECHO DE LA UNIÓN, la normativa estatal debe sancionar al abusador, es decir quien incumple la norma debe ser sancionado, tan básico tan elemental, de primero de derecho, ante una norma imperativa el incumplimiento de la misma debe acarrear una consecuencia, SANCIÓN, y convocar procesos selectivos NO ES UNA SANCIÓN, es una consecuencia del no mantenimiento de la situación de abuso". 

Esta conclusión, desmantela de un plumazo todos los argumentos esgrimidos por los firmantes del "acuerdazo" en relación a los trabajadores temporales en fraude de contratación en las administraciones públicas, sustituyendo el "mantra" de estabilidad de las plazas a través de Ofertas de Empleo Público libres mantenido por estos, por el concepto de consolidación de trabajadores. Se abre, por tanto, la puerta a la judicialización de aquellas OPES que oferten las mal llamadas plazas de estabilización.

En cuanto a la cuestión de la fijeza, la Abogada General traspasa la responsabilidad a los jueces remitentes en la búsqueda de una norma, inexistente en la legislación española, que sancione el abuso del empleador público en España. 

A pesar del gran ruido mediático en sentido contrario, como bien dice Fruitós Richarte i Travesset, la Abogada General considera que transformar la relación de empleo temporal abusiva en relación de empleo fija sería una SANCIÓN ADECUADA. No descarta, prohíbe o desconsidera tal posibilidad, sólo establece que no debe ser SANCIÓN AUTOMÁTICA, pero sí puede y debe ser una sanción ponderada y probada y la única posible en determinados casos.

Sugiere la transformación, no automática, motivada y justificada de las relaciones de trabajo temporales en fijas, bajo tutela judicial, con la exigencia de cumplimiento de tres condicionantes, que se nos antojan  están  fuera del marco legal en que se mueven actualmente las administraciones públicas del reino de España.

Estas condiciones son:

- Dar continuidad a la relación temporal, hasta que el empleador estudie las necesidades de personal.
- Indemnizar por todos los conceptos al trabajador sobre el que se ha cometido el abuso, que incluya las indemnizaciones completas de los perjuicios causados.
- Establecer un mecanismo de sanción efectivo y disuasorio, es decir, una norma que, por sectores de trabajadores en abuso de temporalidad, contemple no sólo los procesos selectivos, sino también las indemnizaciones a los trabajadores abusados y un mecanismo sancionador para que ello no vuelva a suceder.

Por último, nos parece relevante destacar que, por otro lado y según la directiva europea, cuestiona la legalidad de la figura jurídica, "tipical Spanish", del Indefinido no fijo al plantear que no se puede sancionar temporalidad con más temporalidad.

Visto lo visto la conclusión es obvia:

La batalla legal no ha hecho más que empezar 
y la recomendación es demandar.



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