No gracias , #IcetazoNO

 



En el Boletín Oficial del Estado del miércoles, 7 de julio de 2021, se publicó el Real Decreto-ley 14/2021, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Ante la inquietud que ha causado desde su anuncio entre el colectivo de personal temporal de las Administraciones Públicas, desde SINTTA queremos expresar nuestro más absoluto rechazo al mismo y poner claros algunos aspectos.VER REAL DECRETO

Este Decreto-Ley publicado y que será defendido por la nueva ministra del ramo, la Sra. Montero (PSOE), supone una huida hacia adelante en la solución del problema del uso abusivo y fraudulento en la contratación temporal por las Administraciones Públicas, además de un retroceso en los derechos de los trabajadores y la culminación de un plan que comenzó con ACUERDAZO firmado por el Sr. Montoro (PP), con las empresas sindicales CCOO, CSIF y UGT, (fielmente recogidos por los respectivos gobiernos en los artículos 19 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 y 19 de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018).


Tras el fracaso absoluto del ACUERDAZO y de los mal llamados “procesos de estabilización”, (reconocido públicamente por los sindicatos firmantes), la continua presión judicial y el sonado tirón de orejas desde instancias políticas y jurídicas europeas el gobierno se ha visto obligado a aprobar un Decreto-Ley, que nada soluciona y cuyo único fin es lavar la cara ante Europa.

SINTTA siempre ha seguido la máxima “Primero soluciones y luego oposiciones”, aunque los diferentes gobiernos siempre han actuado como si los temporales fueran una plaga para exterminar, confundiendo el derecho de acceso a la Función Pública y la solución a un fraude laboral perpetuado por décadas

En la búsqueda y aportación de soluciones SINTTA siempre ha defendido tres principios básicos Inspección, para conocer el alcance real de este fraude masivo. Sanción a la administración, para que esta situación no se vuelva repetir y resarcimiento a los empleados públicos contratados en fraude de ley.

En esa línea, basadas en la jurisprudencia europea y la Directiva Europea 1999/70, nuestra aportación a las soluciones viene recogido en el detallado informe de doña María Emilia Casas

El próximo miércoles, día 21 de julio, se somete a votación, en el congreso de los diputados, la convalidación del RDL 14/2021 de medidas urgentes contra la temporalidad. Los ciudadanos/as esperan de los diputados/as cordura y responsabilidad y hacer caso omiso a la legislación europea vinculante puede traer graves consecuencias para España.

Es tan clara la vulneración por el RDL 14/2021 de la Normativa comunitaria, que su ratificación por las Cortes Generales haría partícipes al Legislador de esta vulneración y los efectos de un nuevo incumplimiento serian pagados por toda la ciudadanía

Por eso desde todos los colectivos interinos nos hemos movilizado para pedir a todos los grupos políticos que voten NO y esta norma NO se apruebe" , puedes participar y ampliar información en el siguiente enlace

Es vergonzoso el RDL de la temporalidad en el empleo público que el Gobierno pretende convalidar por:

PRIMERO. El decreto solo afecta a las plazas de carácter estructural, dotadas presupuestariamente, ocupadas de forma temporal e ininterrumpidamente al menos en los tres años anteriores al 31 de diciembre de 2020 y que no hayan sido incluidas en los procesos de estabilización previstos en los acuerdos para la mejora del empleo público de los años 2017 y 2018. (ACUERDAZO)

Llevamos años asistiendo a una nefasta gestión de los recursos humanos por parte de las AAPP donde existe una plantilla oficial Plantilla Orgánica y una plantilla para el normal funcionamiento de los centros de trabajo la denominada plantilla funcional: Y ahí es donde reside el grueso del problema. Aprovechando escusas varias, pero siempre con un interés económico y el consentimiento de las organizaciones sindicales presentes en las mesas de negociación, las plantillas orgánicas de los centros de trabajo han ido mermando mientras que la plantilla funcional ha ido aumentando.

Plazas estructurales que no están incluidas en el decreto porque llevan disfrazadas de necesidades temporales por 5,10, 15 ….. hasta 35 años y que son cubiertas por personal temporal, mucho más barato, mucho más dócil y cuyo puesto de trabajo depende de la voluntad política para prestar mejor o peor servicio público a la ciudadanía.

Por eso llevamos exigiendo desde hace mucho, que primero hay que hacer una auditoria y una inspección de los recursos humanos necesarios en cada administración que garantice unos servicios públicos de calidad.

SEGUNDO. El objetivo formal del decreto es modificar el EBEP, (ley orgánica que las administraciones vienen incumpliendo, de manera sistemática), por medio de un instrumento jurídico como el Real - Decreto que escatima del debate público un problema enquistado desde hace décadas y que hasta ahora no parecía urgente, en su intento de proteger a la administración de las consecuencias jurídicas de su incumplimiento reiterado y rebajar, a efectos estadísticos, el porcentaje de temporalidad actual en las AAPP,

El RDL transforma el problema del abuso de la temporalidad en las administraciones públicas en una mera cuestión estadística y de acuerdo con los sindicatos clientelares pretende instituir procesos de oposición únicamente para resolver el problema de la tasa, obviando los derechos de los trabajadores/as temporales protegidos por la Directiva Europea 1999/70, norma sin transposición desde 1999.

El esquema es fácil de entender “muerto el perro se acabó la rabia”, así la solución que han encontrado es despedir por decreto al personal abusado y sustituirlo por personal fijo, más joven, más barato y manejable. Exterminado el personal temporal, se acaba con la temporalidad. El ‘Icetazo’ es una trampa para desproveer de derechos al personal en abuso de temporalidad, otorgar favores a los socios clientelares y cargar a la ciudadanía con el coste financiero de la operación.

Pretenden estabilizar plazas no las personas que, durante 3,5,10, 15 …35 años han venido desarrollando la actividad pública con expedientes inmaculados. No se crea empleo se cambian las personas, sorteando el efecto útil de la Directiva 1999/70,

Desde SINTTA venimos reivindicando que no sería necesaria ninguna reforma, si la administración hubiera cumplido la ley. Es un insulto a la inteligencia constatar cómo tras décadas de incumplimiento de su propia ley, la administración y los sindicatos afines quieren hacer creer a los administrados y sobre todo a Europa que con cuatro retoques y mucha buena voluntad, ahora si va a cumplirla. ¿Dónde han estado estos últimos 20 años?

TERCERO El Real decreto traslada la sanción del abuso en la contratación temporal en las AAPP a los propios trabajadores y no aparece reflejada ninguna sanción suficientemente disuasoria a la administración incumplidora de la ley, para que esta situación no se repita.

CUARTO El Real decreto no se ajusta a las directivas europeas, los informes de la Comisión europea , las sentencias y autos del Tribunal de Justicia Europeo (TJUE)

Ya en su extensa exposición inicial intenta justificar, (lo injustificable), y reconoce como las administraciones públicas han tenido “barra libre”, para incumplir la ley nacional y las directivas europeas. Pero curiosamente nuevamente vuelve a poner su énfasis en el acceso a la función pública, (que nadie discute), confundiéndolo con el derecho que tienen los trabajadores abusados a una sanción de acuerdo con la ley nacional y europea. Repitiendo el fracasado modelo del ACUERDAZO, con el beneplácito de los sindicatos CCOO, CSIF y UGT que traicionan nuevamente al personal público temporal al que dicen representar. Administración y las empresas sindicales siguen sin acatar el pronunciamiento de las sentencias y autos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que obliga al Estado a asumir una sanción por el abuso de temporalidad, sin que se considere válida como sanción, la simple convocatoria, ahora, de procesos selectivos que debieron ser convocados hace muchísimos años.

En la que se llega a falsear la realidad, sin rubor ninguno, al afirmar que: “el TJUE comparte la postura, defendida por España, de que no cabe en nuestra Administración la transformación automática de una relación de servicio temporal en una relación de servicio permanente. Esta opción está excluida categóricamente en el Derecho español, ya que el acceso a la condición de funcionario de carrera o de personal laboral fijo solo es posible a raíz de la superación de un proceso selectivo que garantice los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad” Omitiendo de un plumazo toda la jurisprudencia europea, ya admitida y asimilada en países como Grecia, Italia o Portugal.

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IMPUGNACIÓN OEP 2019. ASTURIAS - A CASACIÓN

Tal y como se había previsto en los planes, en reciente sentencia del TSJ de Asturias se ha desestimado la demanda de impugnación de la OEP general de Asturias de 2019 interpuesta por SINTTASentencia que, además, nos ha impuesto unas costas de 500 € +IVA. 

Más información en el siguiente ENLACE

SINTTA agradece a todos/as los aportantes su implicación en el desarrollo del proceso. Pero esto no ha acabado, sino como estaba previsto, no ha hecho más que empezar. Vamos a CASACIÓN. 


Actualización jurídica a 22 de julio de 2002

EL RECURSO DE CASACIÓN HA SIDO ADMITIDO . 

VER ENTRADA


Actualmente, los fondos de los que disponemos llegan a duras penas para pagar los 2000 € + IVA del pago al abogado, pero no alcanza para pagar ni las costas del TSJA ni las posibles que pueda plantear el Supremo.

Nuestra firme decisión es la de seguir adelante con el pleito, no obstante tenemos claro que, si avanzado este, no disponemos del dinero para las costas, nos veremos en la necesidad de abandonar el proceso para que no nos carguen con unos gastos que no podríamos asumir.

- Sería una verdadera pena perder la posibilidad de conseguir una sentencia favorable solo por el hecho de no tener fondos suficientes para las costas. - 

Por todo ello os pedimos un último apoyo económico para poder seguir hasta el final, dar termino al proceso y mantener vivas las posibilidades reales de ganar el pleito. Como bien sabéis, esto sería positivo para todos los sectores de la administración de todo el estado español, por lo que os rogamos una vez más que nos ayudéis a intentar conseguirlo.

LA ESTIMACIÓN INICIAL DE FONDOS MÍNIMOS NECESARIOS EN TODOS LOS CONCEPTOS ES DE 
3025 € 

PENDIENTE DE RECAUDAR
566,00 €

 ¿Cómo puedo aportar?

Mediante transferencia al número de cuenta y con el concepto que te indicamos a continuación



Transferencia a favor deSINTTA 
(SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES TEMPORALES DE LA ADMINISTRACIÓN)

 CCC de la caja Rural de Asturias  IBAN: ES82-3059-0072-5930-3907-0028

CONCEPTO:  DONOPE2019+Nombre y apellidos +NIF

IMPORTANTENo olvides PONER EL CONCEPTO.
Las aportaciones que no lleven dicho concepto no podrán ser utilizadas para este fin, sino que se destinarían, por falta de información, a los fines propios del sindicato.


En virtud de nuestro compromiso de transparencia os mostramos el estado de cuentas y los compromisos de gasto actuales son:


INGRESOS EN CUENTA
Recaudación iniciada el 13/01/2020
(Última actualización 23/09/2022)

Número donaciones = 282           

Objetivo = 12.033,50 € 

Donado ( 95,21%= 11.457,50 €  
Pagado   =  9008,5 €


 Resto disponible Primeras aportaciones          =    322,76 € 

 Recaudado, Segundas aportaciones                 =  2631,74 €

 Honorarios procuradores Pagado (10/7/2021)   =  - 495, 50 €


Total en fondo a 23/09/2022 = 2459 €


Pendiente de recaudación = al menos 566 €


GASTOS: En estos momentos ya se ha realizado el abono de los honorarios del despacho jurídico para la Primera instancia (TC)/ Segunda instancia (TSJA) y recurso de Casación. Honorarios de Procuradores. Están pendientes el abono de las costas TSJA y la previsión de Costas del Supremo.

PAGADOS
Honorarios despacho jurídico 
Primera y segunda Instancia  + 21 % IVA ---------> 6.050 €  (abonados)
Notarias + 21 % IVA --------------------------------------->     43 €  (abonados)
Honorarios despacho jurídico 
Casación Tribunal Supremo + 21 % IVA ----------->  2.420 €  (abonados)
Honorarios procuradores (10/7/2021)--------------->     495,50 € (abonados)

PENDIENTES
Costas  TSJA 500 + 21% IVA --------------------------->     605 €  (pendiente)
Previsión costas Casación 2000 + 21% IVA -------> 2.420 € (pendiente)

Total----------------------------------> 12.033,50 €        

                                                  

Como siempre, nuestro compromiso de ir mostrando los resultados económicos, con total transparencia, en cada paso, y al final de este.

Recordar que no somos políticos, no somos sindicato de casta, no vivimos liberados, no tenemos subvenciones, Tampoco pedimos que te afilies,(aunque 40 € anuales vendrían muy bien para luchar por la causa). 

ENLACE A AFILIACIÓN

Nuestro objetivo es conseguir la estabilidad en el puesto de trabajo para todos/as los afectados.

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[M15F] Caravanas por la estabilidad 13 junio de 2021

    SINTTA

CONVOCA Y ORGANIZA LAS CARAVANAS DE COCHES IMPULSADAS A NIVEL NACIONAL CADA SEGUNDO DOMINGO DEL MES POR EL MOVIMIENTO INDEPENDIENTE MI15F

En el mes de junio, la CARAVANA, convocada por MI15F en más de 30 ciudades del estado, se celebrará el DOMINGO 13 de junio.

En todas las caravanas, se mantendrá un escrupuloso protocolo Covid-19.

Las distintas secciones sindicales de SINTTA del estado se han involucrado en el apoyo, las convocatorias y organización.


Os rogamos deis la máxima difusión a la misma.


ANÍMATE Y PARTICIPA EN LA CARAVANA DE TU CIUDAD

¡Todo suma!

AHORA ES EL MOMENTO DE UNA DEMOSTRACIÓN DE FUERZA EN LA LUCHA POR LA ESTABILIDAD DEL PERSONAL TEMPORAL CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY Y EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA 1999/70/CE.

#FijezaYa

NO CABE LA RENDICIÓN.

En Asturias, el 13 de junio, SINTTA, en directa colaboración con el MI15F, organiza la caravana que se realizara en AVILÉS y que apoyan públicamente otras OOSS, asociaciones y plataformas.


Concentración a las 11:30 (para organización y explicación de normas de SEGURIDAD Y SANITARIAS ).

SALIDA a las 12:00 en el parking del CORTE INGLES.

El recorrido de la caravana será el siguiente:

Aparcamiento de El Corte Inglés
c/ Buenavista
c/ Río San Martín
c/Doctor Jiménez Díaz
c/Severo Ochoa
Avda. San Agustín
Plaza Vaticano
c/Francisco Orejas Sierra
c/José Cueto
c/La Cámara
c/González Abarca
c/Marcos del Torniello
Plaza de la Merced
c/Cuba
c/Jardines
c/Doctor Graiño
c/La Muralla
Avda. del Muelle
Plaza de Santiago López
c/Llano Ponte
Plaza de los oficios
Avda. Cervantes
c/Severo Ochoa
c/Fernando Morán
c/ El Quirinal
c/González Abarca
c/Marcos del Torniello
Plaza de la Merced
c/Cuba
c/Jardines
c/Doctor Graiño
Plaza del Vaticano
Avda. San Agustín
c/Río San Martín
Aparcamiento de El Corte Inglés 

FIN del recorrido


AHORA ES EL MOMENTO DE UNA DEMOSTRACIÓN DE FUERZA EN LA LUCHA POR LA ESTABILIDAD DEL PERSONAL TEMPORAL CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY Y EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA EUROPEA 1999/70/CE.

#FijezaYa

Europa aprieta y el TJUE ha dictado sentencia el día 3 de junio,, con un buen rapapolvo a nuestro tribunal supremo porque la doctrina aplicada hasta ahora no es conforme a la directiva Europea. En el plano político ha dejado claro que si no se soluciona la alta temporalidad no hay subvenciones del fondo COVID.

 ¡Hay que mostrarles que además de alta temporalidad es ilegal!. Y que las OPES que incluyan plazas en abuso de temporalidad NO SON VÁLIDAS.



TODOS LOS TRABAJADORES TEMPORALES PÚBLICOS EN ABUSO TENEMOS LA RESPONSABILIDAD DE PARTICIPAR EN LA ÚLTIMA Y MÁS IMPORTANTE CARAVANA ANTES DEL VERANO

1° 💥 Porque este mes de junio el Gobierno y la Comisión Europea están decidiendo nuestro futuro y el de nuestras familias

2°💥 Porque TJUE le ha dicho al Gobierno de España que en nuestro país no existe ninguna medida preventiva ni que sancione el Abuso de la contratación temporal en el Sector Público y por lo tanto, EL GOBIERNO ESPAÑOL INCUMPLE EL OBJETIVO DE LA DIRECTIVA DE PROTEGER Y REPARAR CONSECUENCIAS DE LA INFRACCIÓN

3° 💥 Porque TJUE ha dicho que el Abuso se produce por incumplir el plazo de 3 años establecido por el EBEP sin convocar Procesos selectivos y que por lo tanto, LOS PROCESOS SELECTIVOS PROPUESTOS POR EL GOBIERNO A LA COMISIÓN NO CUMPLEN LA DIRECTIVA

4°💥 Porque SI NO EXISTE UNA SANCIÓN DISUASORIA EN EL SECTOR PÚBLICO FRENTE AL ABUSO NI MEDIDAS EQUIVALENTES, LA ÚNICA SANCIÓN POSIBLE ES LA CONVERSIÓN A INDEFINIDO.

La Justicia Europea ha hablado y respalda nuestro objetivo   #TJUEdiceFIJEZAYA



¡Es el momento de mostrar Unión y Fuerza; es necesaria la participación masiva el domingo 13 de junio en todas las ciudades posibles!

NO CABEN EXCUSAS  ¡PARTICIPA! 


NUNCA ESTUVIMOS TAN CERCA DE INCLINAR LA BALANZA DE LA JUSTICIA A NUESTRO FAVOR


¡COMPAÑER@S, ES HORA DE APRETAR Y PRESIONAR!

¡CADA COSA QUE PODAMOS HACER SUMA!


¡NO PIENSES QUE NI PUEDES APORTAR,

NI QUE "UNO MENOS NO SE VA A NOTAR"

SOMOS TOD@S IMPRESCINDIBLES!


¡JUSTICIA YA!

💪💪💪💪💪💪💪💪💪💪💪💪💪💪
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