La cuota sindical de SINTTA. DESGRAVA en el IRPF

 La cuota sindical de SINTTA. DESGRAVA en el IRPF




SINTTA recuerda a sus afiliados/as que pueden deducir la cuota sindical en la Declaración de la Renta y también los gastos de defensa jurídica derivados de litigios suscitados con su empleador

Cuota sindical

Sólo es necesario indicar el importe de la cuota pagada en 2022 en el apartado Rendimientos del trabajo, casilla 0014, “Cuotas satisfechas a sindicatos”.

El importe de la cuota anual del año 2022 fue de 40 euros.

El importe de la cuota trimestral del año 2022 fue de 44 euros.

No es necesario presentar ningún certificado acreditativo de su pago.

Gastos de defensa jurídica

Los gastos deducibles por defensa jurídica que desgravan son aquellos derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con su empleador.

Para esta deducción, marcar la casilla 0016 en el apartado Rendimientos del trabajo.

El límite establecido de deducción por este apartado es de 300 euros anuales.

Es necesario , tener factura acreditativa del pago

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