La administración española no cumple. DENUNCIA TU SITUACIÓN


El nacimiento de este sindicato está íntimamente ligado a la denuncia del fraude de ley por abuso en la contratación temporal en las administraciones púbicas del reino de España. 

Así lo recoge el articulo 6 d) de los estatutos de SINTTA que dice textualmente entre sus fines esta  "Difundir y denunciar el fraude en la contratación del personal temporal de la Administración cometidos por diferentes gobiernos durante los últimos años en base a la legislación Europea y nacional"



En aras de dar cumplimiento a estos fines, además de la difusión de la problemática del fraude de ley en la contratación temporal de las administraciones publicas, SINTTA, sindicato no subvencionado por estatutos,  está llevando diferentes acciones judiciales de denuncia contra el abuso de la temporalidad en las administraciones públicas. 

Así en febrero de 2019 se inicio una campaña de Crowfunding para financiar la acción judicial con el objetivo de anular plazas de OPE de estabilización. Campaña en la que te agradeceríamos tu aportación por pequeña que sea.  (+ INFO AQUÍ - contiene audio explicativo).

Desde el comienzo sabíamos que el camino no iba a ser fácil y que acabaríamos en EUROPA y parece que el tiempo nos va dando la razón  tras  las conclusiones del informe emitido por la ABOGADA GENERAL Sra. JULIANE KOKOTT presentadas el 17 de octubre de 2019 en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid, que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal. Conclusiones, donde la justicia europea reconoce la situación de abuso en la contratación temporal de empleados públicos en España. Asimismo, indica y propone la necesidad de medidas reparadoras y de corrección para que no se repita esta situación de abuso que van más allá de las previsiones legales actuales aplicadas en el reino de España. (+ INFO AQUÍ  ).

Como bien dice Javier Araúz en el encuentro informativo organizada por SANSESINTTA, sección sindical en el ayto de San Sebastián de los Reyes el día 11 de noviembre de 2019 . “La única forma de aplicar la Directiva Europea en España es la fijeza” (VER VIDEO 10 min aprox)



Es el momento de reclamar tus derechos, y hoy por hoy, no hay más vía que la judicial. Pero para ello hemos de ser conscientes de que las particularidades de cada situación personal requieren de demandas judiciales individualizadas.

La experiencia nos dicta que surgen muchas dudas una vez se toma la decisión de demandar, indecisiones a la hora de como, con quien y donde reclamar nuestros derechos laborales. 

Con el objetivo de intentar responder todas estas dudas, la Plataforma de Empleado Públicos Temporales (PI), ha lanzado la 1ª Campaña nacional de denuncias por Fraude de ley en la contratación temporal en las AAPPcon el fin de elevar el número de recursos interpuestos contra las AAPP antes de que el TJUE dicte sentencia definitiva y ejercer presión para que a la Administración le resulte más conveniente la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija antes que cubrir las indemnizaciones por cese de miles de empleados públicos temporales. 

Para ello, ha negociado el mejor presupuesto con abogados de reconocido prestigio, que llevan ya la dirección letrada de cientos de procedimientos judiciales por fraude de ley en la contratación temporal. Una vez se rellena el cuestionario incluido en el blog de la Campaña, los interesados reciben la información de los honorarios y condiciones de los servicios jurídicos de cada abogado para que puedan elegir con quién quieren interponer la demanda.  (+ INFO de la campaña de denuncias AQUÍ)

Seguro que tienes mil preguntas 

¿POR QUÉ AHORA ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA DENUNCIAR?
¿CÓMO SÉ SI ESTOY CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY?
¿CÓMO PUEDO INTERPONER MI DENUNCIA?
TE LO EXPLICAN DETALLADAMENTE -  PASO A PASO 
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Te Animamos a participar
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“La única forma de aplicar la Directiva Europea en España es la fijeza”

“La única forma de aplicar la Directiva Europea en España es la fijeza”. Javier Araúz en el encuentro informativo en San Sebastián de los Reyes.





El letrado Javier Araúz, especialista en casos de trabajadores públicos en abuso de temporalidad, acudió ayer a San Sebastián de los Reyes para ofrecer una sesión informativa, pública y abierta, sobre el actual escenario legal que se dibuja para interinos/as y trabajadores/as temporales en fraude de ley de las Administraciones Públicas españolas.



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Campaña nacional de denuncias





EL MOMENTO CLAVE PARA DENUNCIAR ES ¡AHORA!


La Plataforma de Empleado Públicos Temporales (PI), ha lanzado la 1ª Campaña nacional de denuncias por Fraude de ley en la contratación temporal en las AAPP. con fin de elevar el número de recursos interpuestos contra las AAPP antes de que el TJUE dicte sentencia con el objetivo de ejercer presión y que a la Administración le resulte más conveniente la transformación de la relación temporal abusiva en una relación fija  equiparable a la de los funcionarios de carrera o personal laboral fijo antes que cubrir las indemnizaciones por cese de miles de empleados públicos temporales.

Para ello, han negociado el mejor presupuesto con abogados de reconocido prestigio, que llevan ya la dirección letrada de cientos de procedimientos judiciales por fraude de ley en la contratación temporal. Una vez se rellena el cuestionario incluido en el blog de la Campaña, los interesados reciben la información de los honorarios y condiciones de los servicios jurídicos de cada abogado para que puedan elegir con quién quieren interponer la demanda.


Tras las conclusiones emitidas el 17/10/2019, por la Abogada General Juliane Kokott, (ver entrada comentada), queda clara la situación del personal temporal de las Administraciones Públicas españolas es un MOMENTO CLAVE para denunciar la contratación temporal en fraude de ley en las Administraciones Públicas españolas.

En el blog de la campaña también han  incluido una entrada dedicada a las Conclusiones de la Abogada General del TJUE, Juliane Kokott, que tanto revuelo han suscitado, desmintiendo la desinformación proporcionada por los medios de comunicación y presentado la interpretación de juristas de reconocido prestigio acerca de sus implicaciones. 


Esperamos que esta campaña sea ampliamente difundida y secundada.

Seguro que tienes mil preguntas 

¿POR QUÉ AHORA ES EL MOMENTO OPORTUNO PARA DENUNCIAR?
¿CÓMO SÉ SI ESTOY CONTRATADO EN FRAUDE DE LEY?

¿CÓMO PUEDO INTERPONER MI DENUNCIA?

TE LO EXPLICAN PASO A PASO 

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Informe KoKott 17-10-2019




Información sobre las conclusiones del informe emitido por la ABOGADA GENERAL Sra. JULIANE KOKOTT presentadas el 17 de octubre de 2019 en los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid, que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal

Primero, recordar que este informe NO es la sentencia del TJUE. En unos meses se dispondrá de la sentencia firme de dicho tribunal sobre estas cuestiones prejudiciales. Se trata de un informe preceptivo de la Abogada General cuyas conclusiones no son vinculantes. Es recomendable su lectura sin intermediarios. Informe Kokott que puedes ver aquí


Este informe es el que el pleno del TJUE deberá estudiar junto con la Resolución del Parlamento Europeo, de 31 de mayo de 2018, sobre la respuesta a las peticiones sobre la lucha contra la precariedad y el uso abusivo de los contratos de trabajo de duración determinada, para dictar sentencia firme.  Informe del Parlamento Europeo que puedes consultar aquí 

En una primera lectura rápida, queda patente que la UE reconoce la situación de abuso en la contratación temporal de empleados públicos en el reino de España. Asimismo, indica y propone la necesidad de medidas reparadoras y de corrección para que no se repita esta situación de abuso que van más allá de las previsiones legales actuales aplicadas en el reino de España. 

Por citar algunas de estas medidas: la fijeza, entendida como reducción de la temporalidad mediante procesos ordenados que reconozcan el abuso causado, y/o la aplicación de indemnizaciones a los afectados que sean suficientemente disuasorias. 

Pero parece obviar una concreción en las sanciones a los propios responsables de la administración (como en Italia) o implementar la misma fijeza como ocurre en la empresa privada. Ambas soluciones disuadirían repetir esta conducta y perpetuar el abuso a costa del erario público. 

A estas alturas a nadie se le escapa cuales son las partes de este conflicto laboral judicializado. Por un lado están las administraciones públicas que, junto con aquellas organizaciones sindicales que las apoyan, son ejecutoras y consentidoras de la NO APLICACIÓN de la Directiva 1999/70/CE - Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el Trabajo de Duración Determinada. Por otro lado, y cada vez más organizado, está el personal temporal en su derecho a exigir la aplicación de dicha Directiva presentando batalla legal por diferentes gabinetes jurídicos. 

En el caso que nos ocupa, los asuntos acumulados C-103/18 y C-429/18 sobre las cuestiones elevadas por los Juzgados de lo Contencioso de Madrid que afectan a empleados públicos en situación de abuso de contratación temporal, lo que se debate es si hay abuso de temporalidad según la respectiva norma europea (la cláusula 5ª de la ya mencionada Directiva 1999/70) en el caso de funcionarios interinos de muchos años y en cuál debe ser la sanción que exige dicha Directiva.

Ha sido suficientemente elocuente ver la rápida respuesta y la tergiversación de las conclusiones del informe que hace la administración a través de los medios de comunicación y los comunicados de las OOSS (Organizaciones Sindicales) afines. Recomendable la lectura de la recopilación que han hecho nuestros compañeros/as de APISCAM de enlaces de prensa y valoraciones de diversos sindicatos sobre las conclusiones de la abogada general sobre el asunto que puedes ver aquí.

Por otro lado, contrastan las declaraciones del propio abogado Javier Arauz,  que ha llevado este asunto ante el TJUE en defensa de los intereses de sus defendidos. Como una imagen vale más que mil palabras, podéis ver aquí el vídeo de la rueda de prensa, organizada por nuestros compañeros/as de AMYTS,  sobre el informe de la Abogada General de la UE en la que el propio Arauz estuvo presente.


Podéis ver la segunda parte del vídeo, con el debate posterior aquí

Dejamos las interpretaciones a la inteligencia del lector/a. 

Si necesitáis ampliar información recomendamos las siguientes lecturas 

Análisis exhaustivo realizado por los compañeros/as del Blog de APISCAN  que podéis leer íntegramente aquí.

Análisis de las conclusiones de la abogada General de la UE sobre los trabajadores públicos en abuso de temporalidad de Fruitós Richarte i Travesset. Profesor asociado de la Universitat Rovira i Virgili. que podéis leer aquí



Desde SINTTA, ante la campaña de intoxicación y negatividad que lamentablemente estamos sufriendo, queremos transmitir un mensaje de optimismo y tranquilidad basándonos en:

·    El respeto de los tiempos judiciales.
·    Una lectura comprensiva del documento de las propias conclusiones.
·   Los antecedentes existentes en las sentencias del propio del TJUE en otros países miembros de la UE, que en su momento tuvieron situaciones similares como Grecia e Italia.

Tras el informe, se ha dado un salto cualitativo en las posiciones, clarificándose de manera sustancial las incertidumbres que se cernían sobre el colectivo temporal y en las que se encontraban muy cómodas la Administración y las OOSS afines.

Ahora empiezan a incomodarse ante la más que probable exigencia de responsabilidades patrimoniales e incluso penales a los responsables de tales acciones, hasta el punto de que el día 24 de octubre de 2019, Función Pública, convoca a CCOO, UGT y CSIF a una reunión, donde parece más que obvio que el tema estará encima de la mesa.(ver noticia aquí

 El informe ha dejado claro el campo de batalla y las intenciones de las partes. Tras su publicación, un buen resumen de la situación lo han hecho los compañeros/as del sindicato Acción Sindical Independiente Justicia (ASIJ).


Cabe destacar que el informe se centra en el derecho laboral de los trabajadores temporales de la administración y no lo confunde ni por un solo momento con el derecho al acceso de la función pública. Es significativo que ni se menciona el mantra constitucional de igualdad, mérito y capacidad, tantas veces esgrimido por la administración y OOSS afines.

Asume, como no podía ser de otra forma, que los trabajadores contratados en fraude han superado ya procesos selectivos  basados en la legislación interna y, lo que se discute es acerca de los derechos de estos trabajadores de acuerdo a la Directiva europea.

Sintta se congratula de que la Sra. Kokott afiance la posición que esta organización sindical mantiene judicialmente con la demanda contra las mal llamadas OPES de Estabilización, al afirmar contundentemente en sus conclusiones, y cito textualmente:

a)       70. Por estos motivos, propongo al Tribunal de Justicia que responda a las cuestiones prejudiciales segunda y tercera en el asunto C-429/18 del siguiente modo: «La cláusula 5 del Acuerdo Marco debe interpretarse en el sentido de que, para sancionar adecuadamente la utilización abusiva de sucesivos nombramientos de carácter temporal y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión, no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo por la persona que haya sufrido el uso abusivo de tales nombramientos sucesivos, sea imprevisible e incierto y la normativa nacional pertinente no establezca ninguna otra medida sancionadora».
  
b)      90. Sin perjuicio de la valoración definitiva que deben realizar los juzgados remitentes, para sancionar adecuadamente tal uso abusivo y eliminar las consecuencias de la infracción del Derecho de Unión, no basta con convocar procesos selectivos de libre concurrencia cuando el acceso a una relación de servicio fija, derivado de la superación del proceso selectivo, debido a sus modalidades, sea imprevisible e incierto, y la normativa nacional pertinente no establezca ninguna otra medida sancionadora...

En esa línea, esta organización ha presentado, con el esfuerzo de su afiliación y simpatizantes,  recurso contencioso-administrativo al Decreto 217/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018, para la estabilización de empleo temporal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón (AMPLIAR INFORMACIÓN AQUÍ) .

Nos parece acertado el razonamiento de Fruitós Richarte i Travesset. "CONVOCAR PROCESOS SELECTIVOS, NO ELIMINA LA INFRACCIÓN DEL DERECHO DE LA UNIÓN, la normativa estatal debe sancionar al abusador, es decir quien incumple la norma debe ser sancionado, tan básico tan elemental, de primero de derecho, ante una norma imperativa el incumplimiento de la misma debe acarrear una consecuencia, SANCIÓN, y convocar procesos selectivos NO ES UNA SANCIÓN, es una consecuencia del no mantenimiento de la situación de abuso". 

Esta conclusión, desmantela de un plumazo todos los argumentos esgrimidos por los firmantes del "acuerdazo" en relación a los trabajadores temporales en fraude de contratación en las administraciones públicas, sustituyendo el "mantra" de estabilidad de las plazas a través de Ofertas de Empleo Público libres mantenido por estos, por el concepto de consolidación de trabajadores. Se abre, por tanto, la puerta a la judicialización de aquellas OPES que oferten las mal llamadas plazas de estabilización.

En cuanto a la cuestión de la fijeza, la Abogada General traspasa la responsabilidad a los jueces remitentes en la búsqueda de una norma, inexistente en la legislación española, que sancione el abuso del empleador público en España. 

A pesar del gran ruido mediático en sentido contrario, como bien dice Fruitós Richarte i Travesset, la Abogada General considera que transformar la relación de empleo temporal abusiva en relación de empleo fija sería una SANCIÓN ADECUADA. No descarta, prohíbe o desconsidera tal posibilidad, sólo establece que no debe ser SANCIÓN AUTOMÁTICA, pero sí puede y debe ser una sanción ponderada y probada y la única posible en determinados casos.

Sugiere la transformación, no automática, motivada y justificada de las relaciones de trabajo temporales en fijas, bajo tutela judicial, con la exigencia de cumplimiento de tres condicionantes, que se nos antojan  están  fuera del marco legal en que se mueven actualmente las administraciones públicas del reino de España.

Estas condiciones son:

- Dar continuidad a la relación temporal, hasta que el empleador estudie las necesidades de personal.
- Indemnizar por todos los conceptos al trabajador sobre el que se ha cometido el abuso, que incluya las indemnizaciones completas de los perjuicios causados.
- Establecer un mecanismo de sanción efectivo y disuasorio, es decir, una norma que, por sectores de trabajadores en abuso de temporalidad, contemple no sólo los procesos selectivos, sino también las indemnizaciones a los trabajadores abusados y un mecanismo sancionador para que ello no vuelva a suceder.

Por último, nos parece relevante destacar que, por otro lado y según la directiva europea, cuestiona la legalidad de la figura jurídica, "tipical Spanish", del Indefinido no fijo al plantear que no se puede sancionar temporalidad con más temporalidad.

Visto lo visto la conclusión es obvia:

La batalla legal no ha hecho más que empezar 
y la recomendación es demandar.



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Actualización 5-10-2019. ANULAR OPES DE ESTABILIZACIÓN 2017 y 2018 POR FRAUDE.


INFORMACIÓN SOBRE EL ESTADO DE LA DEMANDA 
a fecha 5-10-2019


Gracias a las generosas aportaciones personales de un grupo de Aragón, se inició la demanda, ANULAR OPES DE ESTABILIZACIÓN 2017 y 2018 POR FRAUDE. Estas junto con  las aportaciones desinteresadas de muchos particulares, colectivos, plataformas, asociaciones  e incluso sindicatos de toda España han hecho que esté ya iniciada la demanda.

A fecha de hoy fruto de este esfuerzo ya hay interpuestas dos demandas y los juicios siguen su tramitación.

Emplazamiento "En el presente órgano judicial se ha interpuesto recurso contencioso-administrativo número 155 de 2019, por el Procurador D. XXX, en nombre y representación del Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración, sobre Decreto 217/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2018, para la estabilización de empleo temporal, en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017 ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 21 de diciembre de 2018)."  VER BOA 26/02/2019 TSJA-EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Segunda) de Zaragoza, relativo al procedimiento ordinario número 155/19-B. 


Emplazamiento "Se hace saber, para conocimiento de las personas a cuyo favor pudieran derivarse derechos del acto administrativo impugnado y de quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento del mismo, que por Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración, se ha formulado recurso contencioso-administrativo número 154/19, seguido en esta Sala contra Gobierno de Aragón, sobre Decreto 218/2018, de 18 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la Oferta Pública de Empleo para 2018, para la estabilización de empleo temporal en el ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Aragón, en aplicación de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 ("Boletín Oficial de Aragón", número 246, de 21 de diciembre de 2018). "VER BOA 02/04/2019 TSJA-EDICTO del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, Sala de lo Contencioso-administrativo (Sección Segunda) Zaragoza, relativo al procedimiento ordinario 154/2019


El letrado nos ha informado que se han personado para apoyar a la administración como codemandados CCOO y UGT.


A fecha de hoy hemos alcanzado entre tod@s el 75% del objetivo inicial planteado. Para garantizar poder continuar en segunda instancia y hasta Europa, si fuera necesario, es imprescindible que se logre el objetivo del Crowdfunding, 

¡¡¡POR ESO OS INVITAMOS A TODOS A SEGUIR PARTICIPANDO Y DIFUNDIENDO PARA  QUE PODAMOS SEGUIR ADELANTE!!!



Aporta lo que puedas, 5, 10, 20, 40 , 100€  
Toda ayuda es bienvenida. 


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SINTTA . SINDICALISMO APOLÍTICO


SINTTA . SINDICALISMO APOLÍTICO



Desde SINTTA instamos a  todos los grupos parlamentarios de los distintos  parlamentos autonómicos que se  consideren defensores de los derechos de los trabajadores, a presentar Proposiciones no de Ley, aunque mejor serían de ley, para exigir a sus respectivos gobiernos el cumplimiento de la Directiva 1999/70 CE en materia de función pública, de forma similar a como lo ha hecho recientemente el grupo parlamentario VOX en el Congreso de los diputados  y en el parlamento de Asturias.

No somos afines a ningún partido político, y nos da igual si estas proposiciones son presentadas por partidos de izquierdas o de derechas.  Solo queremos que se reconozcan y defiendan nuestros derechos a nivel político dado que judicialmente ya estamos en ese proceso. 

Estamos cansados de que para defender nuestros derechos tengamos que estar continuamente pleiteando, con el continuo desgaste económico y de tiempo, mientras la práctica totalidad de partidos políticos no se hacen eco de nuestras reivindicaciones.

Esperemos que este mensaje pueda llegar a un gran número de estos políticos. Nosotros/as seguiremos con nuestras reivindicaciones.

Insistimos que todas las iniciativas a favor de nuestro colectivo serán difundidas por nosotros/as, las presente quien las presente dado que no tenemos afinidad ni estamos bajo las directrices de ningún partido político como si pueden estarlo los sindicatos mayoritarios.

Ya lo hicimos el 4 de septiembre  difundiendo el punto 44 del programa programático del PSOE, una enmienda de la CUP en Cataluña en los presupuestos para un concurso de méritos, la Proposición de Ley de PODEMOS en Madrid, y la presentación de una PNL de un diputado independiente en Baleares en marzo.

Y es la primera crítica que recibimos en redes, por difundir noticias y solicitar que se defiendan nuestros derechos mediante el trabajo ordinario de los Diputados.

Entendemos que  es normal que votantes de izquierdas no compartan iniciativas de partidos de derechas y viceversa, y sois libres de compartirlas o no, pero pedimos respeto al derecho fundamental establecido en el art. 20.1 de la Constitución Española el cual consagra la libertad a comunicar o recibir libremente información veraz por cualquier medio de difusión.

Y también animamos a todos los implicados en este proceso laboral, y sólo laboral, a que dejen de lado la ideología política y se centren en las reivindicaciones del colectivo de temporales en fraude de la administración. Este es el único objetivo y no otro. 

Las disputas con tinte político sólo hacen que mermar nuestra capacidad de raciocinio y actuación, causando división en nuestras filas, que es el objetivo fundamental de los sindicatos firmantes del acuerdazo ( UGT, CCOO Y CSIF ) y el gobierno. No les sigamos el juego y mantengámonos unidos y firmes en nuestra justa  e incómoda lucha.

Enlace a la noticia  Aqui 

Ver Proposición no de ley presentada por VOX el 20 de septiembre de 2019
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Comunicación SINTTA 19-7-2019



El Sindicato Nacional de Trabajadores Temporales de la Administración (SINTTA), en referencia al artículo publicado en la NUEVA ESPAÑA el pasado  18 de julio, firmado por M.G. Salas y titulado << La otra cara de los interinos: "Estudiamos mucho para intentar sacar una plaza fija">>, ante lo que creemos supone un menosprecio a la mayoría de los trabajadores temporales de la Administración, no puede dejar de manifestar su disconformidad con muchas de las afirmaciones y opiniones vertidas. Ver noticia en https://www.lne.es/asturias/2019/07/18/cara-interinos-estudiamos-sacar-plaza/2503959.html

  • Cuando se habla de "la otra cara de los interinos", parece que se pretendiera establecer dos categorías: interinos malos e interinos buenos. Los primeros, por supuesto, son los caraduras que parecen haber conseguido su puesto de trabajo en un sorteo o, peor aún, gracias al dedazo enchufador de algún familiar o amiguete, y que ahora no quieren perder su inmerecida posición. Los segundos, faltaría más, son trabajadores sumisos, que asumen que no tienen derechos laborales. Vaya, el sueño de todo empresario explotador. No se dice, ¿cómo va a ser?, que los trabajadores temporales contratados en fraude de Ley ya han pasado, al menos, un proceso selectivo con cierto éxito. De no ser así, no estarían trabajando.
  • Apreciamos tendenciosidad en el subtítulo, en el que se asegura que hay ciertos empleados que quieren "perpetuarse en los puestos sin esfuerzo". Parece referirse a que los trabajadores que llevan años sufriendo precariedad laboral son unos vagos que se niegan a preparar las oposiciones. Evidentemente, ésa no es la realidad. Muchos trabajadores contratados o nombrados en abuso de temporalidad, que han optado por demandar a la Administración, al mismo tiempo están preparándose para las pruebas selectivas. Otros, lógicamente, deciden no estudiar o no les resulta posible por diferentes causas. Pero todos sabemos que, entre las personas que se presentan a unas oposiciones, hay quién ha estudiado muchísimo o nada, y todos los grados entre una y otra posibilidad, y esto no convierte a unos en buenos y a otros en malos. Por cierto, el hecho de haber estudiado mucho o de saber mucho, no garantiza el éxito en las pruebas, como es de todos sabido y como, por otra parte, se desprende de las declaraciones de las dos profesoras entrevistadas, que reconocen que se han presentado ya a cinco procedimientos selectivos sin éxito. ¿Es que no habían estudiado las cinco ocasiones anteriores? o, si habían estudiado ¿por qué no obtuvieron la plaza entonces? Es más, ¿por qué tanta seguridad en que en esta ocasión  sí van a ganar la oposición?
  • ¿Cómo es posible que CC.OO., sindicato de clase, haya renunciado históricamente y en el momento actual a defender derechos laborales básicos en la Administración del Estado? La estabilidad en el empleo es uno de esos derechos básicos, que la Administración Pública española, como empleador, lleva años vulnerando. No se puede comprender la postura de este sindicato, como la de algunos otros, si no es bajo la sospecha (sólidamente fundada) de la connivencia de esas Organizaciones Sindicales con el empleador/Administración, a cambio de ¿quién sabe qué tipo de prebendas?
  • En otro párrafo, CC.OO. ofrece dos datos que implican una especie de criba que favorece en un porcentaje altísimo a los ya contratados por la Administración. De ser así, supone un engaño a los aspirantes a trabajadores públicos sin experiencia. Concretamente afirman, en primer lugar, que "el 80% de las plazas ofertadas el año pasado se las llevaron interinos...". ¿Quiere esto decir que asumen que el sistema no garantiza la igualdad en el acceso? Pues volvemos a apelar a los supuestos principios irrenunciables de cualquier sindicato de clase. Si la realidad es efectivamente ésa, supone un argumento irrebatible para la implementación de un sistema de doble vía de acceso: por un lado, las plazas vacantes que ya están siendo ocupadas por personal contratado/nombrado en fraude y, por otro, y como salvaguarda de la igualdad de oportunidades, las vacantes que continuamente van surgiendo como consecuencia de jubilaciones, fallecimientos, nuevas necesidades, etc. Es decir, la Administración debe reconocer que ha vulnerado los derechos laborales de miles de trabajadores y, como consecuencia, debe asumir la conversión de su situación de temporalidad en fijeza en el puesto de trabajo. Y debe también ofertar, en tiempo y forma, las plazas restantes a los nuevos aspirantes que, entonces sí, competirían en igualdad de oportunidades.
  • La otra afirmación que realizan desde el sindicato CC.OO. es que el 90% de los interinos que estaban trabajando antes de las oposiciones continuó haciéndolo después (en Educación, al menos). Pues bien, lo primero que debemos decir es que no sólo en Educación hay interinos/temporales. No es un problema exclusivo. Todas las áreas y niveles de la Administración están plagadas de ellos (más del 30% de los trabajadores públicos son temporales). En CC.OO. deberían pensar en todos los trabajadores, no sólo en un grupo concreto. Numeroso, sí, pero no el único. Lo segundo que merece ser destacado es ¿qué pasó con el 10% restante? ¿Es que no es importante para CC.OO. que un número significativo de personas pierdan su puesto de trabajo? ¿Se podría decir que asumen como daños aceptables dejar "tirados" a trabajadores con, en muchos casos, años de experiencia? ¿Es acaso el peaje que se ha de pagar por continuar recibiendo subvenciones, etc.? Parece que para CC.OO. el problema se reduce a una mera cuestión numérica. Y no es así. Tras los números, como sabemos, hay personas y familias.

  • CC.OO. y otras Organizaciones, dice en otro párrafo, <<piden al Gobierno regional una solución para los mayores de 55 años, ya que "son los más perjudicados">>. Al hablar de "más perjudicados" se da por hecho y se reconoce tácitamente que los menores de esa edad sufren también un perjuicio. Por otro lado, ¿Qué sentido tendría esta medida? ¿Se trata, una vez más, de establecer micro colectivos dentro del grupo de trabajadores para, como no, enfrentarles entre sí?

  • En definitiva, parece que CC.OO. pretenda convencernos, utilizando testimonios de un sesgo muy concreto y argumentos claramente antisociales, así como con la vieja táctica de enfrentar a los subcolectivos de trabajadores, de que no hay motivos para exigir al Estado que cumpla con su propia legislación. Increíblemente, ésto lo mantienen contradiciendo también lo estipulado en la legislación europea, y lo que es peor, obviando los más básicos principios de la lucha sindical obrera. Parece mentira que una fuerza sindical progresista haya llegado a caer tan bajo (más aún cuando tenemos conocimiento de que el propio Sindicato tiene demandas cursadas por sus abogados, en contra de la Administración, por este tema).


Pero mientras tanto el problema engorda , solo hay que ver las previsiones de plantilla temporal que la Consejería de educación del Principado de Asturias para el próximo curso, unos 3.500 docentes interinos, aunque este número aumentará, superando con creces los 3 200 de la primera adjudicación del curso pasado.


Y no lo decimos nosotros , basta leer la prensa de hoy " Cuando llegue septiembre, la Consejería de Educación necesitará cerca de 4.000 profesores interinos para poder cubrir las plantillas de todos los centros de la región. Ni siquiera las grandes oposiciones de los últimos años han conseguido rebajar las tasas de interinidad. Al contrario, las necesidades aumentan curso tras curso" (Fuente el Comercio 19-07-2019 ver Noticia https://www.elcomercio.es/asturias/educacion-necesitara-4000-20190719001455-ntvo.html )


Desde SINTTA, continuaremos exigiendo la paralización de los procedimientos selectivos que incluyan vacantes ocupadas por personal en fraude, en todas las Administraciones, con la advertencia de las posibles repercusiones legales para las personas que, en virtud de sus cargos, realicen estas convocatorias. 

Continuaremos también exigiendo a los respectivos Gobiernos que apliquen soluciones reales al problema que sólo ellos han creado y, por si no lo hicieran, recomendaremos a todos los trabajadores de la Administración contratados en abuso de temporalidad que demanden a sus empleadores.


PRIMERO SOLUCIONES Y LUEGO OPOSICIONES



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Comunicado Plataforma PI 11.7.09 ante las noticias aparecidas en la cadena 4

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A continuación incluimos el escrito emitido hoy, 11707/2019, desde la Plataforma de Empleados Públicos Temporales (PI) a la Cadena de Televisión Cuatro en relación a la falta de rigurosidad con el que se planteó ayer 10/07/2019, en el programa "Cuatro al día" presentado por Carme Chaparro, el problema laboral del ABUSO EN LA CONTRATACIÓN TEMPORAL EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA ESPAÑOLA. 


PIPincha aquí para ver el comunicado:


También podéis ver el motivo de nuestra indignación por la desinformación que proporciona dicho programa  y el planteamiento que adopta la cadena viendo el programa en: "La realidad de los funcionarios en España: tenemos el doble que Alemania, con la mitad de población y les pagamos más"


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